Ante la reciente noticia de la enmienda presentada por VOX en la Comunidad Valenciana en la que piden la creación de la categoría de psicología general sanitaria, SEPCA junto con el conjunto de las asociaciones y sociedades científicas de psicología clinica autonómicas del sistema público de salud hemos decidido presentar el siguiente comunicado de forma conjunta.
Las Asociaciones y Sociedades Científicas de Psicología Clínica abajo firmantes, queremos expresar nuestro pleno rechazo a la enmienda registrada por VOX a la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para este 2025, en la que se propone la creación de la categoría estatutaria de Psicólogo General Sanitario en el Sistema Valenciano de Salud.
Dicha enmienda vulnera la legislación vigente sobre sanidad para el conjunto del Estado español como lo reflejan literalmente:
– La Ley Orgánica de Profesiones Sanitarias, Ley 16/2003). Ésta reconoce exclusivamente al Especialista en Psicología Clínica como el profesional habilitado para la atención psicológica en el ámbito público. La obtención de este título sólo es posible tras superar las pruebas selectivas para acceder a las plazas de formación sanitaria especializada en Psicología Clínica, formación en la que durante cuatro años se deben adquirir todos los conocimientos y competencias exigidas en el itinerario formativo aprobado (BOE 17 Junio 2009), no siendo comparable dicha formación, con la adquirida en el grado o en el master.
– La Ley General de Salud Pública, Ley 33/2011 de 4 de octubre. En su disposición adicional séptima establece literalmente: “Los psicólogos que desarrollen su actividad en centros, establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud o concertados con él, para hacer efectivas las prestaciones sanitarias de la cartera de servicios comunes del mismo que corresponden a dichos profesionales, deberán estar en posesión del título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica al que se refiere el apartado 3 del Anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada”.
– El Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, BOE nº 109, de 7 de mayo de 2019 define expresamente: “La única figura que se reconoce a nivel profesional para la atención psicológica es el especialista en Psicología Clínica”.
Desde nuestro compromiso como asociaciones y sociedades científicas que velan por el desarrollo de una atención psicológica a la población lo más profesionalizada y cualificada posible dentro de las garantías de especialización que supone el Sistema Nacional de Salud, consideramos que es un intento grave de deterioro en la calidad de las prestaciones en la sanidad
pública, con el claro perjuicio que supone sobre todo para los grupos de población más vulnerables y necesitados de atención sanitaria.
Somos conscientes del tremendo daño que pudo y puede estar generando las consecuencias de la DANA en la salud mental de la población. Por ello con más motivo creemos que la evaluación y atención que se preste, requiera de la máxima rigurosidad.
Con este tipo de medidas planteadas en la enmienda presentada por el grupo político de VOX, no sólo no se resuelve esta situación, sino que se perpetúa esa visión de que todo vale y cualquiera vale para ofrecer una atención psicológica, favoreciendo el continuo intrusismo y degradación de la atención a las problemáticas psicológicas. Por ello es importante asegurar la calidad asistencial mediante la formación especializada.
Esta garantía de especialización se ha ido desarrollando progresivamente en la medicina, y ya es una realidad plena en la Atención Primaria con la creación de la especialidad de Medicina de Familia; igualmente se ha definido legalmente para los profesionales de la Enfermería la creación de la especialidad de Enfermería de Atención Primaria y Comunitaria, dotándose en la actualidad de manera clara, tanto el aumento de plazas EIR de formación en dicha especialidad, como el aumento de nuevas plazas de dicha categoría en Atención Primaria.
Del mismo modo, en la última modificación del programa formativo de la especialidad en Psicología Clínica, se incluyen los programas de atención a la salud mental comunitaria, ambulatoria y de soporte de la Atención Primaria, así como la propia promoción, prevención y detección precoz en Atención Primaria, como contenidos teóricos propios de dicha especialidad.
Creemos que el saber científico propio de la Psicología, así como su saber hacer clínico específico en la atención a la salud, tras ya, 28 años de desarrollo de la especialidad, es bagaje suficiente para exigir superar todo este tipo de dinámicas de descalificación profesional, y asumir la enorme responsabilidad de una atención plena a la salud de la población, desde una atención psicológica profesional rigurosa, con la correspondiente equiparación en formación y cualificación con el resto de facultativos especialistas sanitarios.
Asociación de Psicólogos Clínicos del SACyL.
Asociación de Psicoloxía Clínica do SERGAS.
Asociación de psicólogos especialistas en clínica de Osasunbidea (APECO). Sociedad de Especialistas en Psicología Clínica de Andalucía (SEPCA). Sociedad Aragonesa de Psicología Clínica (SAPC).
Sociedad de Psicología Clínica Asturiana (SOPCA).
Societat Catalana d`Especialistes en Psicología Clínica (SCEPC).
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