Ante la reciente noticia de la enmienda presentada por VOX en la Comunidad Valenciana en la que piden la creación de la categoría de psicología general sanitaria, SEPCA junto con el conjunto de las asociaciones y sociedades científicas de psicología clinica autonómicas del sistema público de salud hemos decidido presentar el siguiente comunicado de forma conjunta.

Las Asociaciones y Sociedades Científicas de Psicología Clínica abajo  firmantes, queremos expresar nuestro pleno rechazo a la enmienda registrada  por VOX a la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat  Valenciana para este 2025, en la que se propone la creación de la categoría  estatutaria de Psicólogo General Sanitario en el Sistema Valenciano de Salud. 

Dicha enmienda vulnera la legislación vigente sobre sanidad para el conjunto  del Estado español como lo reflejan literalmente: 

– La Ley Orgánica de Profesiones Sanitarias, Ley 16/2003). Ésta reconoce  exclusivamente al Especialista en Psicología Clínica como el profesional  habilitado para la atención psicológica en el ámbito público. La obtención  de este título sólo es posible tras superar las pruebas selectivas para  acceder a las plazas de formación sanitaria especializada en Psicología Clínica, formación en la que durante cuatro años se deben adquirir todos  los conocimientos y competencias exigidas en el itinerario formativo  aprobado (BOE 17 Junio 2009), no siendo comparable dicha formación,  con la adquirida en el grado o en el master. 

– La Ley General de Salud Pública, Ley 33/2011 de 4 de octubre. En su  disposición adicional séptima establece literalmente: “Los psicólogos que  desarrollen su actividad en centros, establecimientos y servicios del  Sistema Nacional de Salud o concertados con él, para hacer efectivas  las prestaciones sanitarias de la cartera de servicios comunes del mismo  que corresponden a dichos profesionales, deberán estar en posesión del  título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica al que se refiere el  apartado 3 del Anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por  el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la  Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación  sanitaria especializada”. 

– El Marco Estratégico para la Atención Primaria y Comunitaria, BOE nº  109, de 7 de mayo de 2019 define expresamente: “La única figura que  se reconoce a nivel profesional para la atención psicológica es el  especialista en Psicología Clínica”. 

Desde nuestro compromiso como asociaciones y sociedades científicas que  velan por el desarrollo de una atención psicológica a la población lo más  profesionalizada y cualificada posible dentro de las garantías de  especialización que supone el Sistema Nacional de Salud, consideramos que  es un intento grave de deterioro en la calidad de las prestaciones en la sanidad 

pública, con el claro perjuicio que supone sobre todo para los grupos de  población más vulnerables y necesitados de atención sanitaria. 

Somos conscientes del tremendo daño que pudo y puede estar generando las  consecuencias de la DANA en la salud mental de la población. Por ello con  más motivo creemos que la evaluación y atención que se preste, requiera de la  máxima rigurosidad. 

Con este tipo de medidas planteadas en la enmienda presentada por el grupo  político de VOX, no sólo no se resuelve esta situación, sino que se perpetúa  esa visión de que todo vale y cualquiera vale para ofrecer una atención  psicológica, favoreciendo el continuo intrusismo y degradación de la atención a  las problemáticas psicológicas. Por ello es importante asegurar la calidad  asistencial mediante la formación especializada.  

Esta garantía de especialización se ha ido desarrollando progresivamente en la  medicina, y ya es una realidad plena en la Atención Primaria con la creación de  la especialidad de Medicina de Familia; igualmente se ha definido legalmente  para los profesionales de la Enfermería la creación de la especialidad de  Enfermería de Atención Primaria y Comunitaria, dotándose en la actualidad de  manera clara, tanto el aumento de plazas EIR de formación en dicha  especialidad, como el aumento de nuevas plazas de dicha categoría en  Atención Primaria. 

Del mismo modo, en la última modificación del programa formativo de la  especialidad en Psicología Clínica, se incluyen los programas de atención a la  salud mental comunitaria, ambulatoria y de soporte de la Atención Primaria, así  como la propia promoción, prevención y detección precoz en Atención Primaria,  como contenidos teóricos propios de dicha especialidad.  

Creemos que el saber científico propio de la Psicología, así como su saber  hacer clínico específico en la atención a la salud, tras ya, 28 años de desarrollo  de la especialidad, es bagaje suficiente para exigir superar todo este tipo de  dinámicas de descalificación profesional, y asumir la enorme responsabilidad  de una atención plena a la salud de la población, desde una atención  psicológica profesional rigurosa, con la correspondiente equiparación en  formación y cualificación con el resto de facultativos especialistas sanitarios.

Asociación de Psicólogos Clínicos del SACyL.  

Asociación de Psicoloxía Clínica do SERGAS. 

Asociación de psicólogos especialistas en clínica de Osasunbidea (APECO).  Sociedad de Especialistas en Psicología Clínica de Andalucía (SEPCA). Sociedad Aragonesa de Psicología Clínica (SAPC).  

Sociedad de Psicología Clínica Asturiana (SOPCA).  

Societat Catalana d`Especialistes en Psicología Clínica (SCEPC).